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QUEMA DE RASTROJOS

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Todas las quemas de restrojos, aprovechamientos forestales, quema de limpieza de malezas y de restos de aprovechamiento agrícolas que se vayan a realizar deben ser comunicadas previamente al Ayuntamiento.
Las quemas de rastrojos, aprovechamientos forestales, quema de limpieza de malezas y de restos de aprovechamiento agrícolas.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Dirigido a: Personas Físicas [X] Personas Jurídicas [X]

Unidad administrativa:

Para que tengo que iniciarlo: Para la  quema de rastrojos.

¿CÓMO LO INICIO?

Forma de iniciación: De Oficio [] A instancia de parte [X]
Plazo de presentación: Con antelación suficiente, y con carácter previo a la realización de la quema.
Requisitos previos: Si usted desea proceder a la quema de residuos forestales, agrícolas o de otra naturaleza, deberá  realizar la comunicación previa, y entregarlos con, al menos, tres días de antelación en el Ayuntamiento.
Es necesaria la autorización escrita para la zona denominada de riesgo forestal previa presentación de la solicitud en el Cabildo conforme se indica.
Lugar de presentación: 
En el Registro General del Ayuntamiento de forma presencial, en el registro electrónico del Ayuntamiento y de cualquier otra Administración o entidad del sector público, en las oficinas de Correos y en los demás registros que establezcan las disposiciones vigentes (artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA INICIARLO?
  • DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del solicitante.
  • En el caso de representación, DNI del representante y escrito de autorización del interesado.
  • Plano de situación de la parcela o finca donde vaya a tener lugar la quema.
¿QUÉ TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS SON APLICABLES?

Es gratuito.

¿CUANDO Y CÓMO SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO?

Resumen de los pasos a seguir durante la tramitación:

1. Solicitud del interesado del permiso para quema de rastrojos. 2. Traslado a las Unidades Administrativas responsables.

Plazo de resolución y notificación máximo: 

¿QUÉ NORMATIVA ES APLICABLE AL PROCEDIMIENTO?
  • Decreto 146/2001, de 9 de julio que regula la prevención y extinción de incendios forestales.
  • Resolución del Consejero Insular de Medio Ambiente  del Cabildo Insular de Tenerife, de 3 de marzo de 2009.

Tramitar telemáticamente

Este procedimiento no puede ser iniciado telemáticamente.

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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